Prácticas editoriales

Comité Editorial

El director de la revista es responsable de garantizar la calidad y prestigio académico, velar por el cumplimiento de la normatividad vigente y atender las tareas referidas a la gestión de los procesos de evaluación y de producción editorial. Para el cumplimiento de estas responsabilidades el director contará con la asistencia de Editores de Sección, Secretaría Técnica y Equipo de Traducción.

En los procesos de evaluación de las contribuciones recibidas, el director, los Editores de Sección y la Secretaría Técnica se conducirán con estricto apego a los principios de imparcialidad y confidencialidad.

 

Consejo Editorial

El Consejo Editorial de la revista Debates por la historia está integrado por destacados académicos de instituciones nacionales y extranjeras. Representan el órgano de consulta del director y su función es orientar en todos los asuntos relacionados con la política editorial de la revista. Igualmente pueden participar en la evaluación de las contribuciones recibidas.

En el cumplimiento de sus funciones, los integrantes del Consejo Editorial se conducirán con estricto apego a los principios de imparcialidad y confidencialidad.

 

Obligaciones de los autores

  1. Los autores de artículos sólo podrán presentar investigaciones originales e inéditas. Cunado aparezcan varios autores, deberán ser aquellos que hayan participado o colaborado en la conformación del trabajo de manera significativa y deberán ser un máximo de tres por artículo y uno para las reseñas.
  2. Los autores no deberán presentar simultáneamente a otras revistas el mismo texto para su eventual publicación.
  3. Los autores de reseñas de publicaciones deberán fundar su trabajo en un examen crítico del material en cuestión. Se espera que estas colaboraciones pongan de manifiesto las contribuciones al conocimiento sobre la historia de la educación de las publicaciones revisadas.
  4. Los autores deben asegurar que las evidencias documentales y los resultados expuestos en sus artículos son producto de un trabajo original. Es obligación identificar todos los trabajos publicados e inéditos de otros autores que fueron utilizados y que sirvieron de antecedentes al artículo que se somete a evaluación.
  5. Los autores deben referir con toda exactitud el origen de todas sus fuentes de información, y para ello deberán ajustarse a los criterios de citación establecidos en las Reglas de edición.
  6. Los autores deberán citar la autoría y procedencia de todas las tablas (y cuadros) y figuras (gráficas, diagramas, mapas, dibujos, fotografías, etc.) que incluyan en sus textos. En los casos donde aplique, los autores serán los responsables de gestionar los permisos de reproducción.
  7. Los autores deberán entregar sus colaboraciones en el formato y bajo el procedimiento establecido en Presentación de propuestas. 
  8. En el caso de que las evaluaciones condicionen la publicación de las colaboraciones a la realización de ajustes y correcciones, los autores deberán realizarlas en un plazo no mayor a 20 días. Cuando los autores envíen la versión corregida, adjuntarán un escrito detallando los cambios introducidos en las nuevas versiones o realizando las anotaciones correspondientes en el texto del trabajo.
  9. Los autores, una vez que han recibido la notificación de que sus textos serán publicados, deberán otorgar a la revista los derechos de publicación, mediante los formatos proporcionados por la Secretaria Técnica.
  10. Los autores podrán reeditar su artículo después de publicado en la revista, pero siempre deberán indicar que la versión original fue publicada en Debates por la historia.

 

Obligaciones del Comité Editorial y del Consejo Editorial

  1. En primera instancia todas las colaboraciones serán revisadas por la Secretaría Técnica de la revista para verificar el cumplimiento de los requisitos básicos establecidos: enfoque temático, extensión, apego a las normas de citación, estructura, formato, entre otros.
  2. El director y los editores de sección realizarán una primera lectura de las propuestas recibidas para determinar su pertinencia y cumplimiento de los requisitos de calidad académica. Solamente en el caso de las reseñas de publicaciones dependerán de esta primera lectura para resolver si se aceptan para publicación en la revista.
  3. En el caso de los artículos que hayan sido evaluados favorablemente en la primera lectura, pasarán a la fase de revisión por pares académicos especializados (peer review) en la modalidad de doble ciego.
  4. La revisión por pares (peer review) será realizada por dos especialistas en la materia que podrán ser integrantes del Consejo Editorial o reconocidos expertos de instituciones nacionales e internaciones. En caso de manifiesta discrepancia entre las dos evaluaciones, se solicitará una tercera evaluación.
  5. Toda evaluación deberá fundarse en el estricto cumplimiento de los principios de imparcialidad y confidencialidad.
  6. La responsabilidad de aceptar o rechazar una colaboración será del director y estará fundada exclusivamente en el resultado de las evaluaciones realizadas por cada una de las instancias encargadas del dicho proceso.
  7. La Secretaria Técnica comunicará a los autores el resultado de la evaluación en un plazo promedio de tres meses después de haber recibido la colaboración.
  8. En caso de existir conflicto de intereses porque los autores sean integrantes del Comité Editorial o del Consejo Editorial de la revista, el texto propuesto será evaluado por expertos ajenos a Debates por la historia y a la institución a la que pertenecen los autores.
  9. El director y el Comité Editorial de Debates por la Historia se reservan el derecho de desautorizar los trabajos publicados que contengan manifiesta y probada falta de fiabilidad, derivada de malas prácticas científicas como la omisión de referencias bibliográficas o documentales, la reproducción sin citar la autoría de investigaciones de otros autores, entre otras.

 

Obligaciones de los dictaminadores

  1. Los dictaminadores evaluarán los trabajos de manera objetiva y confidencial. Deberán ser conscientes de que su tarea es parte fundamental de un proceso que garantiza la calidad de la publicación.
  2. Para el proceso de evaluación de propuestas, los dictaminadores contarán con los recursos de la plataforma OJS y el Comité Editorial, a través de la Secretaría Técnica, estará capacitado para brindar el apoyo técnico necesario para la operación de las herramientas que proporciona el sitio.
  3. Los dictaminadores que consideren no estar calificados para la evaluación solicitada, deberán comunicar, a la brevedad, esta situación al director de la revista.
  4. Los dictaminadores que adviertan la existencia de un conflicto de intereses si intuyen quien pueda ser el autor del trabajo evaluado, deberán renunciar a la tarea y comunicar, a la brevedad, esta situación al director de la revista.
  5. Los dictaminadores realizarán su encomienda atendiendo a criterios académicos que privilegian la originalidad, pertinencia, relevancia de los hallazgos, manejo de la teoría especializada, rigor metodológico, congruencia, claridad argumentativa y calidad de la redacción. Sobre esta base, los dictaminadores emitirán una evaluación en la que argumentarán adecuadamente sus juicios para concluir con una recomendación que se ajustará a una de las siguientes opciones: aprobado, aprobado con modificaciones o rechazado.
  6. Los dictaminadores no podrán usar información o interpretaciones contenidas en el trabajo bajo evaluación, antes de su publicación, sin el consentimiento de los autores.
  7. Los dictaminadores se comprometerán a realizar la evaluación en un plazo no mayor a treinta días.